miércoles, 5 de mayo de 2021

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lunes, 1 de octubre de 2018

Reforma a la Ley General de Sociedades Mercantiles


Reforma a la Ley General de Sociedades Mercantiles
Junio 2018

El pasado 14 de junio del año en curso se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles.”

Las modificaciones realizadas a la Ley implican la presentación de un aviso en el sistema electrónico establecido por la Secretaría de Economía en el que se le notifique a dicha Secretaría la información sobre el capital social contenida en el libro especial de socios para el caso de las Sociedades de Responsabilidad Limitada, o en el registro de acciones para el caso de las Sociedades Anónimas.

Es importante recordar que los artículos 73 y 129 actualmente establecen la obligación para las Sociedades de Responsabilidad Limitada y para las Sociedades Anónimas respectivamente, de llevar un registro con la información de los socios o accionistas en los que se incluyan los siguientes datos:

* Nombre del socio o accionista
* Nacionalidad
* Domicilio
* Aportaciones o exhibiciones de capital
* Transmisiones realizadas

Adicionalmente, se indica que para el caso de las Sociedades Anónimas la Secretaría de Economía se asegurará de que el nombre, nacionalidad y domicilio del accionista contenido en los avisos se mantenga confidencial, salvo cuando sea requerida la información por autoridades judiciales o administrativas.

Otras consideraciones de la reforma

Los motivos que dan origen a estas reformas consisten en la necesidad de los países en  contar con información sobre el beneficiario efectivo de las personas jurídicas.

Asimismo, la presente reforma intenta cumplir con las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), ente intergubernamental establecido en 1989 por los Ministerios y sus jurisdicciones miembro, dentro de las cuales se destacan el combatir el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y el financiamiento de la proliferación, así como otras amenazas a la integridad del sistema financiero internacional.

Las recomendaciones del GAFI indican medidas esenciales que los países deben implementar para:

* Identificar los riesgos y desarrollar políticas y coordinación local
* Luchar contra el lavado de activos, el financiamiento al terrorismo y a la proliferación
* Aplicar medidas de prevención para el sector financiero
* Mejorar la transparencia y la disponibilidad de la información de titularidad de beneficio de las personas y estructuras jurídicas, y facilitar la cooperación internacional
Por otra parte, el Dictamen de la Comisión de Economía emitido por la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados, indica que otro punto importante es que GAFI considera que las Actividades y Profesiones No Financieras Designadas (por ejemplo: notarios, abogados y contadores) no se han desempeñado con el nivel de cumplimiento adecuado y que además están altamente expuestos a las constantes amenazas de lavado de activos.

De la misma manera, se menciona que GAFI considera que dichas actividades y profesiones no cuentan con los conocimientos técnicos suficientes que demuestren una apreciación adecuada sobre los riesgos de lavado de ni sobre estructuras complejas o el uso indebido de personas jurídicas y que además no es su obligación identificar el beneficiario final.

Por tal motivo, la reforma a la Ley General de Sociedades Mercantiles aprobada prevé un mecanismo en el que interactúen las empresas y entidades gubernamentales para declarar los avisos sobre su estructura accionaria.

Las presentes disposiciones entrarán en vigor a los seis meses contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Cédula Profesional Electrónica

Desde el 1 de octubre ya podrás obtener tu cédula profesional electrónica
EXCÉLSIOR, SECCIÓN DINERO

A partir del 1 de octubre se podrá obtener la cédula profesional electrónica. Para la emisión electrónica de cédulas profesionales, es necesario que las instituciones educativas registren previamente ante la Dirección General de Profesiones (DGP) los títulos en formato electrónico, informó la Secretaría de Educación (SEP). La expedición de la cédula electrónica para los egresados de las instituciones educativas de tipo superior y media superior, se podrá realizar desde algún dispositivo con acceso a Internet, las 24 horas del día, los 365 días del año y desde cualquier lugar. Para obtenerla solo se requiere ingresar a www.gob.mx/cedulaprofesional, contar con el título emitido por la institución educativa, tener la e.firma y realizar el pago en línea.
Según la dependencia federal, sólo lleva unos minutos, evitando agendar citas presenciales o tener que acudir a la DGP. La cédula electrónica es un documento que tiene efectos de patente para el ejercicio profesional y permite a la sociedad identificar, plenamente y con certeza, a la persona de la cual recibe la prestación de un servicio. La SEP detalló que del 16 de abril al 28 de septiembre de 2018, periodo en que se realizó el programa piloto para la emisión de cédulas electrónicas, la DGP ha emitido 417 mil cédulas profesionales en formato electrónico y cerca de 286 mil documentos se encuentran en proceso de emisión.


martes, 16 de febrero de 2016

Prorroga Declaración Informativa Múltiple DIM 2015



Prorroga Declaración Informativa Múltiple DIM 2015

El 15 de febrero era el límite para presentar esta declaración dentro del plazo que marca la Ley, sin embargo, por problemas desconocidos que presentaron los servidores del SAT se dio una prorroga con fecha límite del 19 de febrero de 2016, es decir, todos los que presenten su declaración a más tardar en esa fecha se considerara que cumplieron con esta obligación dentro del plazo concedido por la autoridad.


viernes, 9 de octubre de 2015

Reglamento Ley del Impuesto Sobre la Renta publicado el 08 de octubre de 2015.

Publican en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta el 08 de octubre de 2015.

Puedes consultaro directamente aquí.



sábado, 30 de agosto de 2014

Homologación del IVA en la frontera es constitucional: SCJN

Homologación del IVA en la frontera es constitucional: SCJN

En sesión del Pleno del Máximo Tribunal Constitucional de nuestro país, el voto de nueve ministros avaló la homologación del Impuesto al Valor Agregado a 16 por ciento en las fronteras, pues a su consideración dicha reforma no violenta ninguno de los derechos humanos consagrados en la Carta Magna. Esta resolución se da en virtud de las acciones de inconstitucionalidad planteadas ante la Corte por 234 legisladores federales, en las cuales se plantearon argumentos tendientes a demostrar que el IVA generalizado en todo el territorio nacional  perjudicaba la competitividad y trasgredía al Plan Nacional de Desarrollo. Al finalizar la sesión, los Ministros aclararon que no es función del Poder Judicial avalar o no las políticas económicas que establezcan el Ejecutivo y el Legislativo”.



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