Homologación del IVA en la frontera es constitucional: SCJN
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En
sesión del Pleno del Máximo Tribunal Constitucional de nuestro país, el voto
de nueve ministros avaló la homologación del Impuesto al Valor Agregado a 16
por ciento en las fronteras, pues a su consideración dicha reforma no
violenta ninguno de los derechos humanos consagrados en la Carta Magna. Esta
resolución se da en virtud de las acciones de inconstitucionalidad planteadas
ante la Corte por 234 legisladores federales, en las cuales se plantearon
argumentos tendientes a demostrar que el IVA generalizado en todo el
territorio nacional perjudicaba la
competitividad y trasgredía al Plan Nacional de Desarrollo. Al finalizar la
sesión, los Ministros aclararon que “no es función del Poder Judicial avalar o
no las políticas económicas que establezcan el Ejecutivo y el Legislativo”.
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sábado, 30 de agosto de 2014
Homologación del IVA en la frontera es constitucional: SCJN
viernes, 27 de junio de 2014
Prorroga SIPRED 2013
Dictamen fiscal por Internet (Sipred 2013)
Si usted dictamina sus estados financieros para efectos fiscales o es Contador Público Registrado, le recordamos que el dictamen fiscal, correspondiente al ejercicio fiscal 2013, se presenta según el calendario que se señala a continuación, considerando el primer carácter alfabético del RFC, o bien, lo podrán hacer antes del periodo que les corresponda.
| LETRAS DE LA CLAVE DEL RFC | FECHA DE ENVIO |
|---|---|
| De la A a la F | del 30 de junio al 03 de julio del 2014 |
De la G a la O
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del 04 al 09 de julio del 2014 |
| De la P a la Z y & | del 10 al 15 de julio del 2014 |
Para cumplir con esta obligación debe contar con su Firma Electrónica Avanzada; si aún no la tiene, le invitamos a obtenerla en cualquier Administración Local de Servicios al Contribuyente o llame a INFOSAT (01 800 46 36 728 de lunes a sábado de 8:00 a 21:00 horas), y solicite una cita.
Pasos a seguir para enviar por Internet el dictamen fiscal:
- Obtenga su Firma Electrónica Avanzada (Fiel).
- Descargue el ejecutable que contiene el programa de captura del dictamen fiscal (Sipred), instálelo y capture su información.
Mayor información de la información alternativa al dictamen
jueves, 12 de junio de 2014
Calendario SIPRED 2013
Si usted dictamina sus estados financieros para efectos fiscales o es
Contador Público Registrado, le recordamos que el dictamen
fiscal, correspondiente al ejercicio fiscal 2013, se presenta según el
calendario que se señala a continuación, considerando el primer carácter
alfabético del RFC, o bien, lo podrán hacer antes del periodo que les
corresponda.
| LETRAS DE LA CLAVE DEL RFC | FECHA DE ENVIO |
|---|---|
| De la A a la F | del 13 al 18 de junio del 2014 |
De la G a la O
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del 19 al 24 de junio del 2014 |
| De la P a la Z y & | del 25 al 30 de junio del 2014 |
Tratándose de sociedades controladoras que consoliden su resultado fiscal, deberán enviar el dictamen fiscal a más tardar el 14 de julio de 2014.
jueves, 27 de junio de 2013
sábado, 22 de junio de 2013
Prorroga Dictamen Fiscal 2013, sera que pronto nos den la sorpresa de acuerdo a lo
Copio y pego comunicado que envío el Colegio de Contadores Públicos, en la liga de abajo pueden ver el documento que entregaron a fin de solicitar la prorroga para la presentación de los dictámenes fiscales del ejercicio 2013, solo resta esperar para saber si es autorizada o no por parte de la Autoridad.
A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE
LOS COLEGIOS FEDERADOS Y A
LA MEMBRECÍA EN GENERAL DEL IMCP.
El Comité Ejecutivo Nacional del
Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), a través de su Presidente
el C.P.C. Carlos Cárdenas Guzmán, de la Vicepresidencia de Fiscal a cargo del
C.P.C. Pedro Carreón Sierra, y de la Comisión Representativa del IMCP ante
las Administraciones Generales de Fiscalización del Servicio de
Administración Tributaria (AGAFF), presidida por el C.P.C. Alejandro
Barriguete Crespo, hacemos de su conocimiento que el 20 de Junio del 2013
presentamos en la oficialía de partes del Servicio de Administración
Tributaria (SAT) una solicitud para homologar la fecha de presentación de los
dictámenes fiscales de todos los Contribuyentes, con la fecha de presentación
de los dictámenes de empresas controladoras, es decir, para que este
año la presentación de los dictámenes fiscales por el ejercicio 2012 pueda
efectuarse a más tardar el 15 de julio del 2013, por las razones que en la
misma se explican. ( Se adjunta copia de la misma ).
Reciban un cordial saludo,
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martes, 30 de octubre de 2012
Impuesto sobre hospedaje, Jalisco.
Objeto.
Del pago
El pago entero del impuesto lo
hará el prestador de servicios de hospedaje a más tardar el día 15 posterior a
cada bimestre del año natural en las oficinas de recaudación fiscal de la
Secretaría de Finanzas o ante las instituciones de crédito autorizadas.
Objeto.
El
ingreso por la prestación de servicios de hospedaje, en las edificaciones
regidas bajo la modalidad de uso en tiempo compartido, hoteles, moteles,
campamentos y paraderos de casas rodantes, en inmuebles ubicados en el estado
de Jalisco.
Art. 47 Ley de Hacienda del Estado de Jalisco vigente para el año 2012
Definición de servicios de hospedaje.-
Para los efectos de este
impuesto, se entiende por prestación de servicios de hospedaje, el otorgamiento
de albergue a cambio de una contraprestación, sea cual fuere la denominación
que ésta tenga.
Art. 47 Ley de Hacienda del estado de Jalisco vigente para el año 2012.
De los sujetos.
Son sujetos de este impuesto las
personas físicas o morales que presten los servicios de hospedaje.
Art. 48 Ley de Hacienda del estado de Jalisco vigente para el año 2012.
Obligaciones:
I. Solicitar su inscripción
en el Registro Estatal de Contribuyentes ante la autoridad fiscal que
corresponda, mediante la forma oficial del caso y proporcionando la información
relacionada con su identidad, su domicilio y aquella que les sea solicitada;
II. Trasladar el impuesto a las
personas a las que se preste el servicio de hospedaje y enterarlo en las
oficinas autorizadas dentro del plazo señalado en este capítulo;
III. Presentar ante las autoridades, dentro del mes siguiente en que suceda cualquiera de los
siguientes casos; los avisos de cambio de domicilio, nombre, razón social,
traslado, traspaso, reanudación o
suspensión de actividades; y
IV. Llevar un registro acorde
con sus sistemas de contabilidad, en el que se consigne el monto
correspondiente al valor de la contraprestación por los servicios de hospedaje,
donde se desglosen los servicios accesorios que en su caso se presten.
En el caso de que un contribuyente cuente con dos o más inmuebles donde se presten servicios de hospedaje, deberá llevar el registro a que se refiere el párrafo anterior respecto de cada uno de ellos.
Art. 49 Ley de Hacienda del Estado de Jalisco vigente para el año 2012
De la base del impuesto
La base para el cálculo de este
impuesto se integra con el valor total de la contraprestación del servicio de
hospedaje y, en el caso de los tiempos compartidos, por el monto de la
contraprestación que hace el usuario del servicio cada vez que haga uso de sus
derechos convenidos sobre un bien o parte del mismo.
Cuando los contribuyentes convengan la prestación
de servicios de hospedaje e incluyan servicios accesorios, tales como bebidas,
comidas, transportación, uso de instalaciones u otros similares, y no desglosen
y demuestren la prestación de los servicios accesorios, se entenderá que el
valor de la contraprestación respectiva corresponde a servicios de hospedaje.
Art. 50 Ley de Hacienda del Estado de Jalisco vigente para el año 2012
De la cuota
Este impuesto se liquidará y
pagará de conformidad con la tarifa que al efecto señale la Ley de Ingresos del
Estado.
Art. 51 Ley de Hacienda del Estado de Jalisco vigente para 2012
Este
impuesto se determinará aplicando la tasa del 3.0% a la base que
se refiere la Ley de Hacienda del Estado de Jalisco.
Art.
12 Ley de Ingresos del Estado de Jalisco para 2012.
La obligación de presentar la
declaración subsistirá aún cuando no se hayan obtenido ingresos gravados, si no
se presenta el aviso de suspensión de actividades.
Art. 52 Ley de Hacienda del Estado de Jalisco vigente para 2012
Bibliografia.
Ley de Hacienda del Estado de Jalisco, para el ejercicio 2012
Ley de Ingresos del Estadode de Jalisco 2012
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