sábado, 18 de julio de 2009

La pérdida fiscal -Actualización de-

Hoy al realizar un papel de trabajo me surgio la duda de como se debe actualizar la perdida fiscal; basicamente se actualiza de una forma muy sencilla solo debemos tener cuidado porque la primer actualización es diferente al resto de las actualizaciones, a continuación un ejemplo:

1er actualización:

Se debe actualizar el INPC del mes de diciembre del año en que se genera la perdida entre el primer mes de la segunda mitad del mismo ejercicio que es el mes de Julio.

INPC DIC07/INPC JUL07 = FACTOR PARA LA PRIMER ACTUALIZACIÓN
2da actualización:

Esta debe ser mediante el factor que se determine al dividir el ultimo mes de la primera mitad del ejercicio siguiente al que se genero la pérdida entre el ultimo mes de la segunda mitad donde se genero la pérdida.

INPC JUL08/INPC JUN08 = FACTOR PARA LA SEGUNDA ACTUALIZACIÓN
3ra y subsecuentes:

Ya de esta actualización en adelante es mas sencillo, ya unicamente se debe actualizar con el factor determinado al dividir el INPC del ultimo mes de la primera mitad del ejercicio por el que se actualiza, entrel el INPC de la última actualización, es decir Junio 2009 entre Junio 2008.

INPC JUN09/INPC JUN08 = FACTOR TERCERA ACTUALIZACION Y SUBSECUENTES.

El fundamento legal es el art. 61 LISR y recuerden al hacer sus calculos truncar su formula a 4 decimales, esto aunque no lo crean en cantidades grandes genera una variación muy importante.




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